SUBSIDIO POR DESOCUPACION. FRIGORIFICO SWIFT. FRIGORIFICO ARTIGAS




Promulgación: 23/10/1958
Publicación: 04/11/1958
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1958
  •    Página: 1238

Artículo 1

   El beneficio establecido en el artículo 1° de la ley N° 12.498, de 25 de abril de 1958, deberá liquidarse a partir del 18 de diciembre de 1957.
   Se incluye en este beneficio a los trabajadores mensuales a que se 
refiere el artículo 2° de la mencionada ley, y cuyo despido les fuera comunicado por los Frigoríficos Swift y Artigas S. A. por telegrama colacionado, el 18 de diciembre de 1957.


FISCHER - HECTOR A. GRAUERT - AMILCAR VASCONCELLOS
Ayuda