RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1959




Promulgación: 31/12/1959
Publicación: 18/01/1960
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1959
  •    Página: 1484
Referencias a toda la norma

CAPITULO I - REORGANIZACION DEL CREDITO PUBLICO

Artículo 12

   Fíjase en $ 150:000.000.00 (ciento cincuenta millones de pesos) o
su equivalente en moneda extranjera, el monto autorizado para la emisión 
de Letras de Tesorería establecido por el artículo 4° de la ley N°
11.818, de 7 de mayo de 1952.
Referencias al artículo
Ayuda