Ley N° 12691
RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1959
Promulgación: 31/12/1959
Publicación: 18/01/1960
- Registro Nacional de Leyes y Decretos:
- Tomo: 2
- Semestre: 2
- Año: 1959
- Página: 1484
CAPITULO V - FINANCIACION
Artículo 38
La reglamentación determinará las demás condiciones de tiempo y forma
para la percepción y contralor del impuesto.
Ayuda