Los músicos fundadores de la Orquesta Sinfónica del SODRE, jubilados
con anterioridad al l° de mayo de 1953, tendrán derecho a que se les
reliquide de oficio una nueva pasividad, tomando como sueldo básico para
la misma, una asignación mínima jubilatoria de cuatrocientos noventa
pesos ($ 490.00) mensuales.
Los cónyuges supérstites de los mismos también tendrán derecho a
obtener reforma de su pasividad, tomando como base la asignación
jubilatoria que hubiera correspondido al causante por aplicación de la
presente ley.