APROBACION DE NORMAS DE ORDENAMIENTO FINANCIERO




Promulgación: 30/11/1960
Publicación: 14/12/1960
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1960
  •    Página: 1259

Referencias a toda la norma

SECCION I - DISPOSICIONES REFERENTES A LA ADMINISTRACION CENTRAL
CAPITULO III - MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y TRABAJO
CONSEJO NACIONAL DE SUBSISTENCIAS Y CONTRALOR DE PRECIOS

Artículo 42

   El Consejo Nacional de Subsistencias y Contralor de Precios se regirá,
en la administración de su capital de producción, por lo dispuesto por
los artículos 7º y 9º de la ley Nº 12.079, de 11 de diciembre de 1953,
declarándosele exceptuado de lo establecido por los artículos 20 y 31 de la ley Nº 11.925, de 27 de marzo de 1953.
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