PRESUPUESTO GENERAL DE SUELDOS Y GASTOS




Promulgación: 30/11/1960
Publicación: 15/12/1960
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1960
  •    Página: 1302

Referencias a toda la norma

SECCION III - DISPOSICIONES REFERENTES A LA ADMINISTRACION CENTRAL
CAPITULO V - MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA Y PREVISION SOCIAL

Artículo 56

   Las retribuciones del personal de las Fiscalías, los Registros, la
Procuraduría del Estado en lo Contencioso Administrativo y la Escribanía
de Gobierno y Hacienda se fijarán por el procedimiento que establece el 
artículo 102 de esta ley y los sueldos progresivos serán lo que determina
el artículo 103 de la misma.
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