APROBACION DE RECURSOS PARA EL PRESUPUESTO DE SUELDOS Y GASTOS. TRIBUTOS. IRPF




Promulgación: 30/11/1960
Publicación: 16/12/1960
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1960
  •    Página: 1365

Referencias a toda la norma

TITULO IX - SOBRETASA INMOBILIARIA

Artículo 176

   (Derogación). Derógase el artículo 20 de la ley N° 12.276, de 10 de 
febrero de 1956 y el impuesto a los prestamistas hipotecarios creado por 
el apartado B) del artículo 2° de la ley N° 7.742, de 15 de julio de 
1924, sus modificativas y concordantes.
   Será obligación de Rentas Generales verter anualmente a la Caja de 
Jubilaciones y Pensiones de los Trabajadores Rurales y Domésticos y de 
Pensiones a la Vejez, con destino al "Fondo de Pensiones a la Vejez", una 
cifra igual a la que le correspondió a dicho Fondo en el producido del 
impuesto a los prestamistas hipotecarios en el año 1959.
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