Indice de la Norma
TITULO XVI - IMPUESTOS INTERNOS
(Derogaciones). Deróganse los artículos 3° inciso G) de la ley N° 11.617, de 20 de octubre de 1950; artículo 11 de la ley N° 12.464, de 5 de diciembre de 1957, y los artículos 27 y 28 de la ley 12.761, de 23 de agosto de 1960.
(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 335.