Facúltase al Poder Ejecutivo para realizar por administración las
siguientes obras comprendidas en el Capítulo II, "Arquitectura", Grupo "A" del artículo 3º de la ley Nº 12.669, de 16 de diciembre de 1959:
Numeral 29 - Facultad de Ingeniería y Agrimensura, Montevideo, Sala
del Consejo, Decanato y Aula de Geología, Sala de Actos, Instituto de
Máquinas, Laboratorio de Hidráulica.
Crédito $ 1:045.000.00.
Numeral 33 - Escuela Industrial de Artigas. Reparaciones y
ampliaciones.
Crédito $ 60.000.00.
Numeral 39 - Centro Auxiliar de Salud Pública de Dolores, Soriano,
Ampliación y terminación.
Crédito $ 51.500.00.
Numeral 40 - Centro Auxiliar de Salud Pública de Nueva Palmira,
Colonia, Ampliación y terminación.
Crédito $ 46.000.00.
Numeral 46 - Jefatura de Policía de Canelones, Reparaciones.
Crédito $ 85.000.00.
Numeral 51 - Colonia de Menores de Suárez, Canelones, Reparaciones
generales y ampliaciones.
Crédito $ 180.000.00.
Numeral 53 - Hogar de Menores (Mujeres) Las Brujas, Canelones,
Reparaciones y ampliaciones.
Crédito $ 85.000.00.
Facúltase al Poder Ejecutivo para realizar por administración la
siguiente obra comprendida en el artículo 35 de la ley Nº 12.463, de 5 de
diciembre de 1957:
Numeral 194 - Montevideo. Museo Nacional de Bellas Artes. Terminación
del edificio.
Crédito $ 480.000.00.
A fin de activar la terminación del edificio, autorízase asimismo al
Poder Ejecutivo a realizar por el sistema de pedido de precios la adquisición de los materiales necesarios.