TESORO DE OBRAS PUBLICAS. TRIBUTOS A LOS COMBUSTIBLES GRASAS Y
LUBRICANTES. IMPUESTO ADICIONAL A LA CONTRIBUCION INMOBILIARIA. IMPUESTO
A LA VENTA DE LAS CAMARAS Y CUBIERTAS DE VEHICULOS AUTOMOTORES. IMPUESTO
A LOS EJES. IMPUESTO A LOS INGRESOS BRUTOS DE LAS EMPRESAS DE TRANSPORTE
DE PASAJEROS
Los proventos que obtenga el Estado por concepto de concesiones o
permisos para extracciones de arena, canto rodado y otros materiales, en
las costas del territorio nacional, bancos, causes y riberas de los ríos,
arroyos, lagos y lagunas de dominio público nacional, serán recaudados y
administrados por el Ministerio de Obras Públicas y depositados en la
Cuenta "Tesoro de Obras Públicas".