TESORO DE OBRAS PUBLICAS. TRIBUTOS A LOS COMBUSTIBLES GRASAS Y
LUBRICANTES. IMPUESTO ADICIONAL A LA CONTRIBUCION INMOBILIARIA. IMPUESTO
A LA VENTA DE LAS CAMARAS Y CUBIERTAS DE VEHICULOS AUTOMOTORES. IMPUESTO
A LOS EJES. IMPUESTO A LOS INGRESOS BRUTOS DE LAS EMPRESAS DE TRANSPORTE
DE PASAJEROS
Los Planes de Inversión serán financiados con los recursos del "Tesoro
de Obras Públicas", a cuyo efecto el Poder Ejecutivo estimará anualmente
el producido de las rentas que se afectan por la presente ley.