Ley N° 12952
SE DETERMINAN CAUSALES PARA JUBILACIONES BANCARIAS
Promulgación: 23/11/1961
Publicación: 11/12/1961
- Registro Nacional de Leyes y Decretos:
- Tomo: 2
- Semestre: 1
- Año: 1961
- Página: 1276
Artículo 2
La precedente disposición sustitutiva regirá desde la fecha en que
entró en vigencia la ley N.o 12.815, de 20 de diciembre de 1960.
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