RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1960




Promulgación: 07/12/1961
Publicación: 22/12/1961
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1961
  •    Página: 1496

Referencias a toda la norma

SECCION III - LEY N.o 12.803 - (PRESUPUESTAL)
CAPITULO I - DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 100

   Los saldos líquidos de los superávit de los ejercicios 1959 y 1960 se
tomarán como Recursos de Rentas Generales para el ejercicio 1961, sin
perjuicio de las afectaciones expresas dispuestas por esta ley.
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