RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1960




Promulgación: 07/12/1961
Publicación: 22/12/1961
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1961
  •    Página: 1496

Referencias a toda la norma

SECCION III - LEY N.o 12.803 - (PRESUPUESTAL)
CAPITULO III - MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 141

   Incorpórase al rubro 8.03 del Item 25.03 "Créditos complementarios del
Presupuesto" una partida de $ 150.000.00 anuales para atender las
erogaciones dispuestas por los artículos 332 de la ley N.o 10.757, de 27
de julio de 1946, y 121 de la ley N.o 10.808, de 16 de octubre de 1946,
leyes Orgánicas del Ejército y la Marina respectivamente.
   Incorpórase al rubro 8.03 del Item 25.03 "Créditos Complementarios del
Presupuesto" una partida de $ 50.000.00 anuales para atender las
erogaciones de las asignaciones de los oficiales de las Fuerzas Armadas
en las planillas respectivas, teniendo en cuenta los aumentos y
disminuciones que en el número de aquéllos se produzcan por causas
legales.
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