SECCION III - LEY N.o 12.803 - (PRESUPUESTAL) CAPITULO V - REESTRUCTURACION DE LA DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
Artículo 161
Asimismo dependerán directamente de la Dirección Nacional de Aduanas,
los siguientes organismos:
a) Escuela Aduanera.
b) Junta de Aduanas Nacional.
c) Junta de Aranceles y Museo Merciológico.
d) Inspección General de Servicios.
e) Vigilancia Móvil.