SECCION III - LEY N.o 12.803 - (PRESUPUESTAL) CAPITULO V - REESTRUCTURACION DE LA DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
Artículo 203
Elevase al 10 % la bonificación creada por el artículo 72 de la ley de
7 de febrero de 1925, para los funcionarios que integran el Departamento
de Revisión de la División de Contralor, de la Administración de Aduana
Capital, y de la Sección Contralor del Departamento de Contabilidad de la
División Contable y de Contralor de la Aduana Nacional sin perjuicio de
la participación que las disposiciones vigentes asignan a los Directores
de los Departamentos y de las Divisiones referidos.