SECCION III - LEY N.o 12.803 - (PRESUPUESTAL) CAPITULO VII - MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA
Artículo 227
Asígnase en el Rubro 6.04 "Subsidios y Contribuciones" del Item 6.01
Secretaría del Ministerio de Instrucción Pública y Previsión Social una
partida de $ 300.000.00 anuales para "Fomento de actividades culturales".