SECCION III - LEY N.o 12.803 - (PRESUPUESTAL) CAPITULO XVIII - DISPOSICIONES VARIAS
Artículo 325
Declárase que la subvención otorgada por el artículo 169 de la ley No.
12.803, de 30 de noviembre de 1960, a PLUNA, rige a partir del 1.o de
enero de 1960.