RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1960




Promulgación: 07/12/1961
Publicación: 22/12/1961
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1961
  •    Página: 1496

Referencias a toda la norma

SEGUNDA PARTE - DISPOSICIONES DIVERSAS

Artículo 367

   Autorízase al Banco Hipotecario del Uruguay a emitir "Obligaciones
para Fomento de la Construcción" por la suma total de cuarenta millones
de pesos valor nominal ($ 40:000.000.00) y/o su equivalente en moneda
extranjera.
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