El presupuesto del Seguro de Enfermedad de la Industria del Metal y
Afines, será elevado por la Comisión Honoraria Tripartita antes del 31 de
diciembre de cada año al Tribunal de Cuentas de la República. Si este Tribunal formulara observaciones y éstas no fueran aceptadas por la Comisión se elevarán los antecedentes al Poder Ejecutivo y éste resolverá
en definitiva.