La destitución de los empleados del Seguro de Enfermedad de la Industria del Metal y Afines, se resolverá por la Comisión Honoraria Tripartita, previo sumario confiado a la Inspección General de Hacienda
con apelación por ilegalidad ante el Ministerio de Industrias y Trabajo,
al solo efecto de la revocación del acto.
No podrá dictarse resolución sin darle vista al interesado, el que al
evacuarlo podrá solicitar las diligencias probatorias que crea del caso.