CREACION DE SEGURO DE ENFERMEDAD, INVALIDEZ, ASISTENCIA, PRESTACIONES MEDICAS Y FARMACEUTICAS. OBREROS Y EMPLEADOS DE LA INDUSTRIA DEL METAL




Promulgación: 24/09/1964
Publicación: 13/10/1964
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1964
  •    Página: 1030
Ver vigencia: Decreto Ley Nº 14.407 de 22/07/1975 artículo 7.
Referencias a toda la norma

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Artículo 31

   La elección de delegados a que se refiere el artículo 2º, se realizará
dentro de los noventa días de la promulgación de la presente ley.
   Dentro del mismo plazo, el Poder Ejecutivo designará su representante.
Referencias al artículo
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