AUTORIZACION PARA LA AMPLIACION DEL CAPITAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE COLONIZACION




Promulgación: 24/09/1964
Publicación: 09/10/1964
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1964
  •    Página: 1044
Referencias a toda la norma

Artículo 2

   El importe autorizado se destinará, en primer término, a abonar las
indemnizaciones a que den lugar las expropiaciones de campos actualmente 
en trámite y el remanente, si lo hubiere, a realizar mejoras en esos mismos campos y a acordar a los colonos que los ocupen, los préstamos previstos en el artículo 91 de la ley Nº 11.029, de 12 de enero de 1948.
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