(Publicidad y Propaganda). Créase un Fondo Especial para Educación,
Propaganda y Publicidad sobre Seguridad y Asistencia Sociales, de un
monto de $ 2:000.000.00 (dos millones de pesos) anuales, que será administrado por el Ministerio de Instrucción Pública y Previsión Social
y $ 200.000.00 (doscientos mil pesos) para realizar los trabajos de recopilación y codificación de todas las disposiciones vigentes en
materia de pasividades, por parte de la Sección Previsión Social y Asesoría Letrada del Ministerio de Instrucción Pública y Previsión
Social.
Contribuirán a la formación de dicho Fondo, por partes iguales, las
Cajas de Jubilaciones y Pensiones de la Industria y Comercio, Civiles y Escolares y de los Trabajadores Rurales y Domésticos y de Pensiones a la
Vejez.
En ningún caso podrá disponerse de la suma antedicha, para
contratación de personas.