La Caja de Compensaciones no incorporará nuevo personal presupuestado ni contratado durante los tres años siguientes a la fecha de promulgación
de la presente ley.
La Caja de Compensaciones podrá disponer para sus gastos de
administración y sueldos hasta el 8% (ocho por ciento) de sus recursos.
El Poder Ejecutivo a solicitud de ésta y previo informe de la Inspección
General de Hacienda podrá aumentar en un 2% (dos por ciento) ese porcentaje).