La totalidad del producido de las multas que se apliquen a las
compañías de transportes de pasajeros y/o cargas por infracción a las
disposiciones migratorias será destinado a la Dirección de Migración para
el mejoramiento de sus servicios siendo administrado el rubro por el
Ministerio del Interior.
El Poder Ejecutivo reglamentará este artículo.