Autorízase al Poder Ejecutivo, por intermedio del Ministerio de
Industrias y Trabajo, a contratar con el Banco Hipotecario del Uruguay,
un préstamo amortizable con destino a la compra o construcción de un
inmueble para sede del Instituto Nacional del Trabajo y Servicios Anexados. El monto de la operación se establecerá hasta el máximo que permita la dotación del Rubro 2.08 "Arrendamientos" del Item 5.08, con cargo al que se atenderá el correspondiente servicio de amortización e intereses.