Créase la "Comisión Honoraria Asesora Filatélica" que estará integrada
y presidida por el Director General de Correos o quien éste designe; por
un miembro designado por la Imprenta Nacional; otro electo por el Poder
Ejecutivo de una terna propuesta por la entidad más representativa de las
Asociaciones Filatélicas Nacionales y cuatro miembros más designados igualmente por el Poder Ejecutivo.
Los miembros de la Comisión durarán dos años en sus funciones,
pudiendo ser reelectos. La Comisión será necesariamente consultada en todos los aspectos de la planificación de las emisiones postales que se
realizarán anualmente, como igualmente podrá opinar en todos aquellos asuntos de interés filatélico que crea del caso.
La Dirección General de Correos facilitará los medios necesarios para
el funcionamiento de esta Comisión.