SECCION II - DISPOSICIONES REFERENTES A LA ADMINISTRACION CENTRAL CAPITULO II - MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Artículo 15
De acuerdo con el inciso 8 del artículo 85 de la Constitución de la
República se aumentan los siguientes efectivos militares de Tropa. (Item
3.16):
En el año 1965 En el año 1966
Cargos
___ ___ ___
Sub-Oficiales Mayores ....... 3 3
Sargentos 1ros. ............. 6 5
Sargentos ................... 16 16
Cabos de 1ra. ............... 35 34
Cabos de 2da. ............... 23 23
Soldados de 1ra. ............ 100 100
Soldados de 2da. ............ 55 55
Estos efectivos aumentarán los créditos presupuestales del sueldo
progresivo, compensaciones, etc., en los importes vigentes y en forma proporcional los rubros de vestuario y alimentación.
Los efectivos de Personal Militar subalterno creados en este artículo
están destinados al Arma de Ingenieros, para la manipulación de
maquinaria especial recibida por el Tratado Interamericano de Asistencia
Recíproca.
El Ministerio de Defensa Nacional colaborará con el Ministerio de
Obras Públicas, en la ejecución de obras de interés nacional, mediante el
empleo de dicha maquinaria.