PRESUPUESTO GENERAL DE SUELDOS Y GASTOS




Promulgación: 28/12/1964
Publicación: 15/01/1965
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1964
  •    Página: 1681

Referencias a toda la norma

SECCION VI - DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 257

   El producido de las economías resultantes de la no provisión de vacantes correspondiente al Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Tribunal de lo Contencioso Administrativo, Corte Electoral y Tribunal de Cuentas, se
verterá íntegramente a Rentas Generales, sin perjuicio de lo dispuesto en
las disposiciones vigentes en lo referente a subsidios por fallecimiento
(artículo 5º de la ley número 9.726, de 20 de noviembre de 1937,
artículo 72 de la ley Nº 9.940, de 2 de julio de 1940, artículo 76 de la
ley Nº 11.490, de 18 de setiembre de 1950 y disposiciones concordantes).
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