PRESUPUESTO GENERAL DE SUELDOS Y GASTOS




Promulgación: 28/12/1964
Publicación: 15/01/1965
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1964
  •    Página: 1681

Referencias a toda la norma

SECCION VI - DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 261

   Fíjase en $ 40.000.00 (cuarenta mil pesos) anuales para cada Ministerio, la partida fijada en el Rubro 8.03, para pago de Secretarios
de particular confianza que designen los Ministros, o compensaciones a lo
funcionarios que presten servicios en la Secretaría de los mismos y hasta
un máximo del 50% (cincuenta por ciento) del sueldo.
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