PRESUPUESTO GENERAL DE SUELDOS Y GASTOS




Promulgación: 28/12/1964
Publicación: 15/01/1965
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1964
  •    Página: 1681

Referencias a toda la norma

SECCION II - DISPOSICIONES REFERENTES A LA ADMINISTRACION CENTRAL
CAPITULO V - MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA Y PREVISION SOCIAL

Artículo 85

   El personal del SODRE que no tenga dedicación total y que desempeñe 
funciones que no puedan ser cumplidas en horario continuo y uniforme, 
tendrá derecho a una compensación mensual del 20% (veinte por ciento)
del sueldo básico, la que será liquidada con cargo al Rubro 1.07 del Organismo.
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