HOMENAJES. ERECCION DEL MONUMENTO MAUSOLEO AL GENERAL LEANDRO GOMEZ. PAYSANDU




Promulgación: 29/12/1964
Publicación: 28/01/1965
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1964
  •    Página: 2619
Referencias a toda la norma

Artículo 4

 Créase una Comisión Nacional de homenaje que estará integrada por dos 
representantes del Poder Ejecutivo, dos del Poder Legislativo y uno de la 
Administración Municipal de Paysandú designado por la Intendencia Municipal respectiva. La comisión tendrá por cometido organizar el traslado de los restos del General Leandro Gómez y la erección del 
monumento mausoleo a que se refiere esta ley quedando a cargo de la misma
los actos de homenaje a rendirse en la fecha. (*)


(*)Notas:
Redacción dada por: Decreto Ley Nº 15.398 de 23/05/1983 artículo 1.

TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 13.321 de 29/12/1964 artículo 4.
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