INCREMENTO DEUDA NACIONAL INTERNA. INSTITUTO NACIONAL DE COLONIZACION




Promulgación: 22/09/1966
Publicación: 30/09/1966
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1966
  •    Página: 1272
Referencias a toda la norma

Artículo 3

   El Instituto Nacional de Colonización queda autorizado a caucionar en 
el Banco de la República Oriental del Uruguay, los títulos emitidos de 
acuerdo a esta ley, a los efectos del cumplimiento de sus cometidos.
   El Departamento de Emisión del Banco de la República podrá redescontar
en las condiciones habituales los documentos, que otorgue el referido 
Instituto, de acuerdo a este artículo.
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