SEGURIDAD SOCIAL. REGIMEN JUBILATORIO ESPECIAL A TRABAJADORES DE SALAS DE CALDERAS Y MAQUINAS DEL FRIGORIFICO NACIONAL, CAPATACES DE AFE Y TRABAJADORES DE HIDROGRAFIA Y VIALIDAD DEL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Decláranse comprendidos en los beneficios de la ley N.o 12.133, de 27
de agosto de 1954, a los trabajadores de las Salas de Calderas y Máquinas
del Frigorífico Nacional, a los operarios y capataces de Talleres Diesel
de Maniobras, y de Señales de las Secciones Pinturerías y personal de cuadrillas de la Administración de Ferrocarriles del Estado.