VIVIENDAS. PRESTAMOS PARA FUNCIONARIOS Y EX FUNCIONARIOS DE UTE




Promulgación: 09/02/1967
Publicación: 02/03/1967
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1967
  •    Página: 267
Referencias a toda la norma

Artículo 20

  En caso de que un beneficiario de la presente ley adquiera una finca
ocupada por un arrendatario no podrá desalojarlo haciendo uso de las
causales de excepción previstas en los incisos 2.o y 5.o del artículo 27 de la ley N.o 13.292, de 1.o de octubre de 1964.

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