Los Ministros de Estado y el Secretario del Consejo Nacional de
Gobierno percibirán una retribución mensual líquida de $ 30.000.00
(treinta mil pesos); la de los Subsecretarios de Estado y los Prosecretarios del Consejo Nacional de Gobierno será de $ 25.000.00 (veinticinco mil pesos) mensuales líquidos.
Estas retribuciones se liquidarán a partir del 1º de enero de 1967.