El Reactor Atómico, que es propiedad del Estado (artículo 40 y 41 de la
ley N.o 13.349, de 29 de julio de 1965) y cuyo emplazamiento en predio de
la Universidad de la República no cambia en nada su situación jurídica,
será administrado por la Comisión Nacional de Energía Atómica, a la cual
competirá asimismo, controlar todo lo relativo a su instalación.