Elévase hasta el 12 % anual, el interés que podrá fijarse a la emisión
de los Bonos del Tesoro o Letras de Tesorería, cuya emisión ha sido
autorizada por el artículo 2° de la ley N° 13.499, de 27 de setiembre de
1966, sustitutivo del artículo 1° de la ley N° 13.183, de 29 de octubre
de 1963.
(*)Notas:
Reglamentado por: Decreto Nº 576/969 de 18/11/1969.