Los funcionarios que realicen tareas efectivas en la perforación,
programación y operación de los equipos mecanizados de los Departamentos de Tabulaciones Mecánicas y Contabilidad, de la Contaduría General de la Nación, percibirán una compensación sujeta a montepío de hasta el 40 % (cuarenta por ciento) sobre el total del sueldo básico que figura en las planillas presupuestales.
La Contaduría General de la Nación reglamentará la aplicación de esta
compensación de acuerdo con la complejidad, eficiencia y técnica y
esfuerzo exigido por la tarea que se desempeña. (*)
(*)Notas:
Reglamentado por: Decreto Nº 254/968 de 16/04/1968.