SEGURIDAD SOCIAL. EMPRESAS PERIODISTICAS




Promulgación: 02/01/1968
Publicación: 08/01/1968
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1968
  •    Página: 9
Reglamentada por: Decreto Nº 162/968 de 22/02/1968.
Referencias a toda la norma

CAPITULO IV - CONSOLIDACION DE ADEUDOS POR APORTES SOCIALES

Artículo 15

   Regirán en lo pertinente, las disposiciones contenidas en los 
artículos 3º, 5º, 8º, 9º, 10, 12, 15 y 19 de la ley Nº 13.597, de 27 de 
julio de 1967.

                            
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