PRODUCCION COMERCIALIZACION IMPORTACION Y EXPORTACION DE FERTILIZANTES




Promulgación: 14/06/1968
Publicación: 24/06/1968
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1968
  •    Página: 1266
Referencias a toda la norma

CAPITULO III - COMERCIALIZACION
SECCION IV - IMPORTACION Y EXPORTACION

Artículo 16

   A efectos de facilitar el abastecimiento y estimular el uso de 
fertilizantes, autorizase al Poder Ejecutivo:

a) A exonerar total o parcialmente de derechos aduaneros, adicionales, el 
   impuesto a las transferencias de fondos al exterior, tasas y 
   proventos portuarios, así como de recargos, depósitos previos o 
   cualquier otro gravamen a la importación o aplicado en ocasión de la 
   misma, a la importación de materias primas para su procesamiento, 
   dando cuenta a la Asamblea General.
     El mismo tratamiento podrán recibir los fertilizantes importados que 
   se determinen por el Ministerio de Ganadería y Agricultura, previo el 
   asesoramiento técnico correspondiente.
b) A conceder subsidios para incentivar el uso de todos o determinados 
   fertilizantes, con cargo a partidas autorizadas por la ley.

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