TITULO I - IMPUESTO A LAS HERENCIAS Y ACTOS ASIMILADOS CAPITULO VII.- DENUNCIAS
Artículo 50
(Venta simulada).- Toda venta simulada, hecha con el objeto de defraudar el impuesto de herencias y actos asimilados podrá ser declarada
nula a petición fiscal, previa comprobación judicial del hecho, sin perjuicio de la aplicación de las sanciones que correspondan.