RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIOS 1966 Y 1967




Promulgación: 09/01/1969
Publicación: 21/01/1969
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1969
  •    Página: 50
Referencias a toda la norma

CAPITULO II - COMPLEMENTOS GENERALES
SECCION II - RETRIBUCIONES PERSONALES Y COMPLEMENTARIAS

Artículo 22

   Las asignaciones familiares a que se refieren los artículos 46 a 51 de 
la ley N° 12.801, de 30 de noviembre de 1960, sus modificativas y
concordantes serán, a partir del 1° de enero de 1969, y para todos los funcionarios públicos, incluidos los pertenecientes a los organismos mencionados en el artículo 220 de la Constitución de la República, por mes y por beneficiario, de $ 3.000 (tres mil pesos).

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