DECLARACION DE INCONSTITUCIONALIDAD




Promulgación: 10/07/1969
Publicación: 15/07/1969
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1969
  •    Página: 993
Referencias a toda la norma

Artículo 19

   (Comunicación al Poder Legislativo y a la Junta Departamental 
correspondiente).- Toda sentencia que declare la inconstitucionalidad de 
una ley, será comunicada a la Asamblea General, y en su caso, a la Junta 
Departamental correspondiente, cuando se trate de la inconstitucionalidad 
de un decreto que tenga fuerza de ley en su jurisdicción.
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