(Comunicación al Poder Legislativo y a la Junta Departamental
correspondiente).- Toda sentencia que declare la inconstitucionalidad de
una ley, será comunicada a la Asamblea General, y en su caso, a la Junta
Departamental correspondiente, cuando se trate de la inconstitucionalidad
de un decreto que tenga fuerza de ley en su jurisdicción.