(Requisitos del petitorio).- La solicitud de declaración de
inconstitucionalidad deberá formularse por escrito, indicándose,
con toda precisión y claridad, los preceptos de la ley que se reputan inconstitucionales y el principio o norma constitucional que la ley vulnera o en qué consiste la inconstitucionalidad en razón de la forma.
La petición comprenderá todas las disposiciones o principios
constitucionales que se consideren violados, quedando prohibido, por lo tanto, el planteamiento sucesivo de cuestiones de inconstitucionalidad.
Cuando se plantee por vía de acción, excepción o defensa, deberá tener
firma de letrado.
No se dará curso a las solicitudes o peticiones que no se ajusten a
los requisitos contenidos en el presente artículo.