APROBACION DE ACUERDO INTERNACIONAL. CONVENCION DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE EL ESTATUTO DE LOS REFUGIADOS




Promulgación: 17/10/1969
Publicación: 03/11/1969
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1969
  •    Página: 1701
Referencias a toda la norma

Artículo 1

   Apruébase la Convención de las Naciones Unidas sobre el Estatuto de 
los Refugiados, aprobada en la Conferencia de Plenipotenciarios celebrada 
en Ginebra el 28 de julio de 1951.


(*)Notas:
Ver: Texto de la Norma Internacional.

Artículo 2

   Declárase a los efectos del artículo 1°, sección A de la mencionada 
Convención, que la frase "acontecimientos ocurridos antes del 1° de
enero de 1951", ha de entenderse como acontecimientos ocurridos en
Europa o en otro lugar.

Artículo 3

   Apruébase igualmente el Protocolo aprobado por las Naciones Unidas, 
Resolución N° 2.198, en la Asamblea de diciembre de 1966.

Artículo 4

   Comuníquese, etc.

PACHECO ARECO - VENANCIO FLORES - PEDRO W. CERSOSIMO
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