PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. RENTA NETA




Promulgación: 03/11/1969
Publicación: 10/11/1969
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1969
  •    Página: 1775

Referencias a toda la norma

CAPITULO XIII - NORMAS SOBRE SOCIEDADES

Artículo 82

   La disposición del artículo precedente regirá a partir de la promulgación de esta ley.
   Aquellas sociedades que a esa fecha, no hubiesen obtenido la autorización judicial, deberán adecuar sus estatutos al capital mínimo 
exigido en esta ley.
(*)

(*)Notas:
Inciso 3º) derogado/s por: Ley Nº 13.892 de 19/10/1970 artículo 414.

TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 13.782 de 03/11/1969 artículo 82.
Ayuda