Declárase de utilidad pública la expropiación del Padrón N° 129 de la ciudad de Montevideo, ubicado en la Primera Sección Judicial del mismo departamento
(*)Notas:
Redacción dada por: Ley Nº 14.057 de 03/02/1972 artículo 73.
Declaración de utilidad de padrón Nº 9.742 derogado anteriormente por: Ley
Nº 14.057 de 03/02/1972 artículo 74.
Ver en esta norma, artículo:2.
TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 13.836 de 07/01/1970 artículo 1.