TITULO I - RENDICION DE CUENTAS Y EGRESOS CAPITULO XII - MINISTERIO DE TRANSPORTE COMUNICACIONES Y TURISMO
Artículo 116
Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 1971 la autorización otorgada
al Poder Ejecutivo por el artículo 1º de la Ley Nº 13.797, de 28 de noviembre de 1969, para la explotación de los Casinos del Estado de Punta
del Este, San Rafael, Atlántida, Piriápolis, Rivera y Carmelo.